domingo, 22 de noviembre de 2009

El JUICIO DE EXPROPIACIÓN

En este breve articulo, para entender que es el juicio de expropiación definiré que es expropiar para luego pasar directo al tema

expropiar

El Juicio de expropiación se encuentra regulado en la sección 19a del Codigo De Procedimiento Civil desde el Art. 781 de dicho cuerpo legal.

El art. 781 manifesta que "nadie puede ser privado de su propiedad en virtud de expropiación, sino en conformidad con las disposiciones de esta sección"; es decir que la expropiación tendrá lugar tan solo para satisfacer necesidades comunales que sean de uso público como por ejemplo: para la construcción, ensanche y mejora de caminos, ferrovías, aeropuertos y poblaciones. El mismo cuerpo legal nos dice explicitamente en su art. 782 que el juicio de expropiación "sólo tiene por objeto determinar la cantidad que debe pagarse por concepto de precio de la cosa expropiada" .

Es decir que no cabe la discución de que si la propiedad es suceptible de expropiación o no, sino que su discución se centrará únicamente en el precio justo que debe pagarse por esa propiedad expropiada.

Pero aquí viene la pregunta que todo lector se hace ¿Quien declara que la propiedad a expropiarse es de útilidad pública? El Art. 783 de CPC. nos dice que puede ser el "Estado y las demas instituciones del sector público", entiendace que puede ser el Estado central como seccional.

El juez competente en el juicio de expropiacion es el juez de lo civil; y la citación al dueño o poseedor se hará conforme al Art 82 del CPC. es decir mediante tres publicaciones, en fechas distintas en un periodico de amplia circulación del lugar; de la capital de la provincia o del país.

Como el objetivo de la expropiación es satisfacer una necesidad pública, la demanda deberá ser presentada por el Procurador General del Estado o por algún funcionario designado por este.

Documentos que deben acompañarse a la demanda:

  • Copia de la orden para demandar la expropiación
  • Certificado del registrador de la propiedad
  • Avaluo catastral del inmueble
  • Planos de la propiedad